Viernes, 30 de Julio del 2010
Portal de derecho para procuradores
 

 

 

SERVICIOS

1.Ordenar la actividad profesional de los colegiados.

2.Obtener la adecuada defensa de los intereses y derechos de la Profesión.

3.Informar de los proyectos e iniciativas legislativas que afecten a la Procura.

4.Prestar colaboración en materias propias de la Profesión con los Organos Consultivos de la Administración del Estado.

5.Organizar actividades de carácter profesional, formativa, cultural, asistencial, lúdica, de previsión y análogos que sean de interés para los colegiados.

6.Ejercer la potestad disciplinaria, haciendo cumplir a los colegiados las disposiciones legales y estatutarias que afecten a la Profesión, así como los acuerdos adoptados par la Junta de Gobierno y por la Junta General, en materia que sea de su competencia.

7.Perseguir el intrusismo y la competencia desleal dentro del marco de las normas deontológicas que se establezcan, las cuales serán aprobadas por el Consejo General de Procuradores de los Tribunales, y por el Consejo Andaluz de Procuradores de los Tribunales.

8.Obtener la adecuada defensa de los intereses y derechos de la Profesión

9.Intervenir como mediadores en los conflictos que por motivos profesionales se susciten entre los colegiados o entre estos y sus clientes.

10.Emitir informes o dictámenes en procedimientos judiciales o administrativos en los que se discutan cuestiones relativas a Derechos u Honorarios profesionales y evacuar las consultas que de este carácter les planteen los colegiados.

 
09/07/10
CREACIOJN DEL REGISTRO ELECTRONICO DE LA DIRECCION GENERAL DE TRAFICO
07/07/10
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07/07/10
REFORMA LEY DE MOROSIDAD Y PAGOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
03/07/10
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03/07/10
INTERESES DE DEMORA 2º SEMESTRE 2010 (LEY DE MOROSIDAD)
 
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