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1. INTRODUCCIÓN
Con fecha ocho de enero, definitivamente se publicaba en el Boletín Oficial del Estado la Ley
1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, se venía de este modo a poner fin a la vigencia
de una Ley -como era la anterior- que databa de 1881, una Ley de la que se pudo decir que ya
desde su nacimiento era vieja, que vino a su vez a reemplazar a la de 5 de abril de 1855, no con
aspiración de superarla sino como mera actualización y por cuanto se hacía necesario introducir
"las reformas y modificaciones que la ciencia y la experiencia aconsejan como conveniente" (Base 1ª de
la Ley de 21 de junio de 1880), Ley de 1855 que a su vez se promulgó para "restablecer con toda
su fuerza las reglas cardinales de los juicios consignadas en nuestras antiguas leyes" (Base 1ª de la Ley
de 13 de mayo de 1855), se recogían de esta forma en un texto positivo las ideas procesales de
la Escuela de glosadores de Bolonia, plasmadas en (...)
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Enviado por: pprocesalcom el Sábado, 22 de Marzo de 2003
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