Fuente: Noticias Jurídicas
(...) con la condición de que los fiscales y jueces superen en un 20% los resultados y objetivos marcados en sus respectivas sedes judiciales; también prevé una disminución del 5 % en la retribución fija en aquellos casos en el que el rendimiento individual no llegue al 80 % de los objetivos marcados. Esta enmienda no supondrá nunca la merma en los sueldos de jueces y fiscales, que seguirán cobrando el mismo dinero que con la norma anterior mientras no tengan un nuevo destino.
Otro de los aspectos destacables es el reparto de las cargas salariales entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el caso de los jueces a la espera de destino, siendo el Gobierno quien pague la retribución básica y los complementos de destino a los jueces que estén en expectativa, mientras que el CGPJ se hará cargo de pagar los sueldos a los jueces adscritos a ese órgano, aunque no tengan funciones designadas.
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