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Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha establecido que la declaración de invalidez permanente procede aunque previamente no se haya estado en un estado de incapacidad temporal (IT). (...)
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El fallo ha entendido que, aunque la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) haga derivar la incapacidad permanente de una previa situación de incapacidad temporal, la norma no se debe aplicar en sentido estricto.
El Tribunal Supremo ha estudiado el caso de un trabajador con un diagnóstico de valvulopatía mitral reumática de larga duración con estenosis mitral severa.
En 1990 fue sometido a una valvuloplastia percutánea complicada por insuficiencia mitral aguda severa, que requirió la implantación de una prótesis. En octubre de 1992 una resolución de la dirección provincial del Inserso le reconoció una minusvalía del 33 por ciento, con un diagnóstico de enfermedad de aparato circulatorio por valvulopatía cardíaca intervenida. Más tarde, el trabajador estuvo percibiendo desde diciembre de 1996 hasta noviembre de 1998 las prestaciones contributivas por desempleo. En septiembre de 1998 solicitó ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la prestación de incapacidad permanente.
¿Previa IT? La solicitud fue rechazada por la dirección provincial del INSS, ya que el individuo, cuando formuló la solicitud, no se encontraba en situación de IT sino que estaba percibiendo las prestaciones contributivas por desempleo.
Ante este fracaso, acudió a la vía judicial, donde le fue denegada la solicitud en primera instancia y en la sede del tribunal superior de justicia. Contra la sentencia del tribunal autonómico, el abogado del trabajador interpuso un recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Supremo.
El fallo dictado ahora por el alto tribunal ha entendido que \"el trabajador puede ser declarado incapaz permanente aunque no proceda de la situación de incapacidad temporal\". Para ello ha interpretado el artículo 134.3 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), que establece: \"La invalidez permanente habrá de derivarse de la situación de incapacidad temporal\".
Interpretar la ley El Supremo ha entendido que \"una interpretación racional y sociológica obliga a considerar que la exigencia previa de encontrarse en situación de IT para llegar a la invalidez permanente sólo es factible cuando el individuo se encuentra en una situación para acceder a la IT: que el trabajador perciba asistencia sanitaria y que esté impedido para el trabajo\". Requisitos que no se dieron en este caso.
El fallo ha añadido, además, un segundo argumento: \"El artículo 134.3 de la LGSS tiene la finalidad de establecer la necesidad de un tratamiento previo médico o quirúrgico para conseguir la curación de la enfermedad si fuere posible, o llegar a una situación clínica y funcional irreversible, pero sin cerrar las puertas a quienes siguen realizando su trabajo hasta que las secuelas le impiden continuarlo\".
El Tribunal Supremo ha concedido la invalidez permanente a un trabajador que no estuvo previamente en situación de IT, haciendo una interpretación flexible conforme al artículo 3.1 del Código Civil, que establece en favor de los jueces lla facultad de interpretar las leyes conforme a la realidad social.
Falta lo importante Actualmente, el órgano administrativo que realiza los informes de invalidez es el Equipo de Valoración de Incapacidades, dependiente del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El informe que hace el EVI, suele ser refrendado por el INSS. Esta resolución es la que el individuo puede recurrir.
En este sentido, la sentencia sólo ha aclarado un requisito legal para acceder a la invalidez permanente. Sin embargo, lo que falta por decidir es el fondo del asunto, si realmente la enfermedad que padece el trabajador es motivo para encontrarse en situación de invalidez permanente. Esto lo va a hacer el juzgado de lo social, primer órgano judicial que conoció el asunto. Por ello, en la parte final del fallo dice que \"debe devolverse lo actuado al juzgado de lo social [primera instancia] para que dicte una nueva sentencia en la que se resuelva si procede la pretensión de la declaración de invalidez permanente\".
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Enviado por: pprocesalcom el Lunes, 21 de Abril de 2003 - 05:27 PM CET
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